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	 DATOS DE ENMARQUE: La  colonización de Tenerife se inicia terminando el siglo XV, al concluir la Conquista. La  de Gran Canaria había comenzado unos diez años antes y, la de La  Palma, unos tres. En 1504, Isabel la Católica muere en Medina de Campo,  dejando como heredera a su hija Juana “la Loca”, casada con Felipe “el Hermoso”, hijo de Maximiliano I de  Austria, y como regente, su esposo Fernando el Católico. Los casamientos  y buenas relaciones de los Reyes con Portugal hacen que los portugueses,  junto con castellanos y andaluces, participen en la colonización de Canarias. 
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	LOS PRIMEROS ÓRGANOS DE GOBIERNO 
	Una vez concluida la conquista, Pedro  de Vera, en Gran Canaria y Alonso de Lugo, en Tenerife y La Palma, tuvieron  que acometer el complejo problema de la colonización. Había que crear  los órganos de gobierno insulares, fundar nuevos poblados y fomentar la  riqueza. Había, en fin, que poner los cimientos de una nueva sociedad canaria. 
	En Gran Canaria, Pedro de Vera, en virtud de una real  cédula constituyó el Cabildo o Regimiento, nombrando doce regidores,  quienes en concejo dictaron las primeras ordenanzas de la Isla  ,llevándose  a cabo en el tránsito del siglo XV al XVI. 
	En Tenerife, Alonso Fernández de Lugo, como gobernador,  fundó más tarde, hacia 1497, el Cabildo de Tenerife en La Laguna, nombrando también  regidores y demás cargos. El título de Adelantado de Canarias, del que fue investido en 1503,  tenía un carácter honorífico  .La Palma  dependía de la gobernación de Tenerife a través de un Teniente de Gobernador y  contó, desde los primeros momentos, con cabildo propio. 
  Las islas de señorío disponían también de su  Ayuntamiento, pero éste se constituía y regía según la voluntad del señor  territorial. 
De acuerdo con Manuel Lobo  Cabrera, la estructura social estaba  dividida en tres clases bien diferenciadas. La clase dominante o privilegiada  (a la que pertenecían los conquistadores) y que con el tiempo, dará lugar a una  clase terrateniente que se autodenominará nobleza isleña. La clase dominada,  con iguales derechos y obligaciones, pero con menor poder económico. Y por  último la clase marginada compuesta por los no católicos. (principalmente  judíos, moriscos y aborígenes) 
	El clero formaba parte de la clase dominante. La iglesia se encargaba de mantener la estructura social, teniendo  un papel importante en la vida económica y política de las Islas, representado  por el obispado de la diócesis de Canarias.
	   	
LOS CABILDOS O CONCEJOS 
	
	   
	
	Antecedentes 
	Los cabildos tienen antecedentes medievales como  casi todas las instituciones. Ideas y comportamientos medievales son  trasvasados a Canarias en estos primeros años de colonización, a pesar de que  el espíritu renacentista había ya penetrado en la España de los Reyes  Católicos. El origen se remonta a la época de la Reconquista cuando,  ante la necesidad de fundar nuevas poblaciones en tierras recuperadas a los  musulmanes, los colonos se reunían en asambleas abiertas con el  fin de tomar las imprescindibles medidas que aseguraran la supervivencia del  grupo. Con el tiempo estas asambleas se fueron restringiendo a los individuos  más representativos del pueblo, por su condición social de noble o fuerza  económica, perdiendo el carácter popular que tuvieron en principio. 
	   
	
	Finalidad 
	Los cabildos en las Islas se crearon con la misma  finalidad que en la España de la Reconquista, esto es, asegurar el  mantenimiento de los conquistadores y colonos en cada isla y acordar e  imponer una serie de leyes o normas, contenidas en los «fueros» y ordenanzas. 
	
      
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        | Casa del Corregidor, La Laguna, Tenerife. (DL) | 
       
     
	Cada isla tenía que ser gobernada y administrada por su  cabildo respectivo, por tanto su jurisdicción abarcaba toda la superficie  insular. Este carácter insular, unido a la lejanía de la Corte real, obligaba  a actuar con una gran autonomía, que se veía frecuentemente entorpecida  por los abusos de las Autoridades Capitulares. 
	A veces las quejas llegaban a oídos de la Corona y  enviaban un pesquisidor o un juez de residencia para investigar las conductas  de los gobernadores o corregidores del cabildo. 
	Composición y funcionamiento 
	A través de las ordenanzas de los cabildos de  Tenerife y de Gran Canaria, conocemos su composición y sus diversas y  múltiples funciones. 
	El cabildo estaba compuesto por seis o más regidores,  los cuales en teoría representaban los intereses públicos. Al principio eran  elegidos por los vecinos, pero este sistema electivo pronto fue sustituido por  la designación directa del gobernador o por la oligarquía isleña. 
	Aparte del gobernador, que presidía el cabildo,  y los regidores, el concejo o regimiento, así también llamado,  existían otros cargos como el de teniente de gobernador, los alcaldes  mayores, los alguaciles, los fieles ejecutores y el personero. Cada uno de  ellos tenía una función específica. 
	Así, el teniente de gobernador sustituía al  gobernador en ausencia de éste y entendía en las causas civiles y criminales  hasta crearse la Audiencia de Las Palmas en 1527. Los alcaldes mayores  resolvían asuntos judiciales en primera instancia mientras los alguaciles,  fieles ejecutores, se encargaban del cumplimiento de las sentencias. 
	El cargo de personero se creó  para representar al pueblo en los cabildos, tal vez por la  falta de representatividad de los regidores.  Curiosamente, el cargo vuelve a resucitarse en el siglo XVIII con el nombre de Diputado del Común, que,   actualmente, ha vuelto a crearse con este mismo nombre en la función de defensor  del pueblo en Canarias. 
	Los asuntos burocráticos eran  llevados por funcionarios, entre los que cabe citar a los mayordomos  (hacienda), escribanos (secretarios), pregoneros, alcaide (encargados de  la cárcel) y los letrados. 
	En los primeros años de la colonización los cabildos  no tuvieron edificio propio y generalmente las sesiones se celebraban en la casa  del gobernador, uno residente en Las Palmas (Gran Canaria) y otro en La  Laguna (Tenerife). Los acuerdos se tomaban por mayoría y las reuniones tenían  un carácter periódico. 
	
      
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        | Antes de la construcción del primer Cabildo de  Tenerife, actual ayuntamiento de La Laguna, los lugares de reunión más comunes  fueron la casa del gobernador, la plaza del Adelantado, o a partir de 1500, la  ermita de San Miguel. (DL) | 
       
     
	Funciones 
	Como decíamos, los cabildos ejercían su jurisdicción  en toda la isla, salvo el caso de Gran Canaria, donde Agüimes era  señorío episcopal. 
	Las ordenanzas contienen las innumerables funciones  que correspondían a los Cabildos insulares, prácticamente todas las que atañen  al gobierno y la administración: 
	
	  - Reparto de tierras y aguas.
 
	  - Canalización y abastecimiento de  aguas a las poblaciones.
 
	  - Regular los mercados.
 
	  - Fijar la localización de hospitales  y lazaretos.
 
	  - Controlar a la población en caso de  epidemias contagiosas.
 
	  - Sostenimiento de las defensas  militares y castillos.
 
	  - Construcción y conservación de los  caminos y de los puertos.
 
	  - Regular la construcción de los molinos  de gofio.
 
	  - Incentivar los asentamientos de nuevos  colonos (reparto de tierras a los colonos que buscaran esposa o castigar la  soltería).
 
	  - Recaudar impuestos, con los que  sostenían la administración, aparte de los recursos propios (bienes comunales):  montes, pastizales, ganado, etc.
 
	   	Estos primeros cabildos jugaron un papel político  importante por lo menos hasta el siglo XVIII, ya que en este siglo se impuso la  administración borbónica, siendo, por fin, sustituidos en el siglo XIX por  las Diputaciones, al tiempo que se constituían muchos de los actuales  municipios. En 1912 volvieron a crearse los cabildos, en este caso, uno en cada  isla,  pero sin ningún parecido ya con  los antiguos. 
 
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